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<p>1820</p> | |||
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1820
Decreto de las Cortes generales para la extuicion
de los Cartujos, Benitos, Bernados,
Basilios y todos los Monacales. 1820.
Artículo 1. Se suprimen todos los Monasterios de
las Ordenes Monacales, inclusos los de las claustral
benedictina de Aragon y Cataluña, como asimismo
los conventos y colegios de las Cuatra militares de
S. Juan de Jerusalén, de Comendadores hospitalarios,
y de hospitalarios de San Juan de Dios.
2. Los Beneficios curados que estan unidos a
los conventos de los Monacales quedan restituidos
á su primitiva libertad y provisión real ordinaria.
3. Los meritos contraidos con sus respectivos
institutos, y las graduaciones que en Ellos hayan
obtenido los religiosos, serán atendidos mui particularmente
en la provisión de los arzobispados,
obispados, prebendas y demas beneficios
eclesiasticos.
4. A todo monge ordenado in sacris que no pase
actualmetne de 50 años, se abonarán anualmente
300 ducudos: á los que tengan 50 á 60, 400; y 600
a los que pasen de 60.
5. Los demas monges profesos disfrutarán 100
ducados anualmente, si no llegan á 50 años y 200
Identifier: | JB/013/002/001"JB/" can not be assigned to a declared number type with value 13. |
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1820 |
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013 |
rid yourselves of ultramaria |
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002 |
escolapios |
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001 |
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collectanea |
3 |
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recto |
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g pike 1819 |
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1819 |
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in spanish; see note to letter 2701, vol. 10 |
4451 |
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